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El 12 de junio de cada año se celebra el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil, nombrado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2002. El objetivo principal de este día es centrar la atención en la importancia de proteger la infancia y en las medidas para erradicar el trabajo infantil.
El trabajo infantil sigue siendo un mal del siglo XXI a pesar de que no se visibilice lo suficiente en la sociedad actual. Escuelas, ayuntamientos, medios de comunicación y todas las organizaciones de trabajadores y empleadores deben poner voz a este fenómeno para acabar con el trabajo infantil en cualquier rincón del mundo.
UNICEF calcula que unos 150 millones de niños y niñas de entre 5 y 14 años son víctimas del trabajo infantil. Buena parte de esta cifra corresponde a los niños y niñas que viven en zonas de conflicto y de numerosas catástrofes naturales. Según las estimaciones de la OIT 7,4 millones de niños y niñas se dedican al trabajo doméstico, entre los más explotados y, en un porcentaje desproporcionado, llevados a cabo por niñas.

Decálogo contra el trabajo infantil: 10 medidas fundamentales

En 1989 la ONU actualizó la Declaración Universal sobre los Derechos de los Niños con la Convención sobre los Derechos de los Niños. Desde entonces no hemos hecho más que centrar acciones para salvaguardar estos derechos y evitar el trabajo infantil.
Según el Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, del 30 de septiembre de 1990: “no hay causa que merezca más prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana”.
En dicha convención se recogen los derechos básicos que se deben respetar bajo cualquier circunstancia:

  1. El derecho a la igualdad. Sin distinción de raza, sexo, idioma o nacionalidad.
  2. El derecho contra el Trabajo Infantil: Los niños tienen derecho a ser protegidos contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso, entorpezca su educación o que sea nocivo para su desarrollo físico, mental, espiritual o social
  3. Todos los niños y niñas tienen derecho a estar protegidos contra toda forma de abandono, crueldad o explotación. No serán objeto de ninguna trata y no podrá permitirse al niño o a la niña trabajar antes de una edad mínima adecuada.
  4. El derecho a tener una protección especial para fomentar su desarrollo físico, mental y social. En este sentido, se debe respetar el derecho al juego y a tener relaciones de amistad con sus compañeros y compañeras.
  5. El derecho a una alimentación, vivienda y atención médica dignas.
  6. El derecho a una educación gratuita y a actividades recreativas que les hagan crecer y desarrollarse como personas.
  7. El derecho a tener una familia, para que los niños y las niñas estén al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres, creciendo en un ambiente de afecto y de seguridad moral.
  8. El derecho del niño y de la niña a vivir en armonía contra la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole, siendo educado en un espíritu de compresión, tolerancia y amistad.
  9. Todos los niños y niñas tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.
  10. El derecho a estar entre los primeros en orden de prioridad para recibir ayuda en cualquier circunstancia que ponga en peligro su integridad.

Asimismo, el Convenio de la OIT nº 138 de los Derechos de los Trabajadores, exige a los Estados Miembros que establezcan en su legislación una edad mínima legal para el empleo. Una edad que no será inferior a la edad en la que se cesa la educación obligatoria y, en todo caso, a los 15 años.

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